Breve texto con la frase inicial de la Séptima condición del donativo del Reino de Galicia del 1 de marzo de 1669

Lo último del obispo


Que para que perpetue mas, y ferborice la deboçion, y se Reconozca ser echa dicha doctaçion por el Reyno, hes condiçion, que todos los años se ofrezcan los dichos mill y quinientos ducados en nombre del Reyno, para lo qual la dicha santa yglessia, los â de dar cobrados, y reduçidos a plata u oro, conforme corriere para el Domingo ynfraoctaba del Corpus y el dicho ofreçimiento le â de haçer el Rejidor mas antiguo que es, ô fuere de la dicha Ciudad de Lugo, en nombre del Reyno, asistiendo en el coro de la dicha santa yglesia, a las bisperas del sabado del dicho Domingo ynfraoctaba, y el dicho dia saliendo para este efecto, desde las Casas del Consistorio de dicha Ciudad, con todo el acompañamiento, y luçimiento que pudiere, y a la Missa, Sermon y proçession, y al ofertorio de dicha missa, ha de ofreçer en manos del señor Obispo de aquella santa Yglesia ô perssona que dijere la missa, los dichos mill y quinientos ducados, segun de la forma que en nombre de los Reynos de Hespaña, se ofreçen al Apostol Santiago los quinientos escudos de oro, el dia de su translaçion y la dicha santa yglesia, ha de salir a reçivirle, y darle al dicho Rejidor que hiçiere el ofreçimiento, el mismo lugar y silla, que dâ la santa Yglessia de Santiago al Rejidor de aquella Ciudad, en la misma funcion, y en casso que se halle en la dicha ciudad de Lugo dicho dia, algun Rejidor de las demas Ciudades del Reyno, ha de haçer el dicho ofrecimiento en nombre de el, y la dicha Ciudad, le â de acompañar, y asistir en la misma forma, que si su Rejidor mas antiguo hiçiera el dicho ofreçimiento, por quanto la dicha doçtaçion se haçe de comun acuerdo, y consentimiento de todas las siete ciudades del Reyno, las quales todas an de gozar de la prehemienzia del poder haçer por su capitular el dicho ofreçimiento, y en casso que se hallen, dos, ô mas Capitulares de diferentes ciudades ha de ser preferido el de la mas antigua, y allandose dos de una misma, el mas antiguo, de ella, y no hallandose ninguno de las demas ciudades, siempre ha de haçer la oferta el Rejidor de la Ciudad de Lugo, como dicho hes

—o—

Este texto forma parte de la escritura original del donativo del Reino de Galicia al Santísimo Sacramento, es la séptima condición que ponen para dar ese donativo el 1 de marzo de 1669, siendo esta el origen de la ceremonia.

Contactos
Dirección

Plaza de Santa María 1
27001 Lugo Lugo

Teléfono

982231143

Correo electrónico

Envía Correo

March